Se deben poder compartir los archivos de una manera cuidadosamente controlada [7, Deitel].
El mecanismo encargado de compartir los archivos debe proporcionar varios tipos de acceso controlado:
- Ej.: “Acceso de Lectura”, “Acceso de Escritura”, “Acceso de Ejecución”, varias combinaciones de estos, etc.
Los usuarios deben poder ordenar la transferencia de información entre archivos.
Se deben proporcionar posibilidades de “respaldo” y “recuperación” para prevenirse contra:
- La pérdida accidental de información.
- La destrucción maliciosa de información.
En ambientes sensibles, el sistema de archivos debe proporcionar posibilidades de “Cifrado” y “Descifrado”.
El sistema de archivos debe brindar una interfase favorable al usuario:
- Debe suministrar una “visión lógica” de los datos y de las funciones que serán ejecutadas, en vez de una “visión física”.
- El usuario no debe tener que preocuparse por:
- Los dispositivos particulares.
- Dónde serán almacenados los datos.
- El formato de los datos en los dispositivos.
- Los medios físicos de la transferencia de datos hacia y desde los dispositivos.
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